"No penséis que os hemos revelado
un mero código de leyes. No, más
bien, hemos roto el sello del Vino
escogido con los dedos del poder y
fuerza. Esto lo atestigua aquello
que ha revelado la Pluma de la Re-
velación. ¡Meditad sobre ésto, oh
hombres de entendimiento!..."
(Bahá'u'lláh)
Hace más de un siglo, Bahá'u'lláh, el Profeta y Fundador de la Fe Bahá'í,
proclamó que Su religión iba a ser el instrumento primordial para la unificación del
planeta y la regeneración espiritual de sus habitantes. En centenares de libros y
tablillas, Él reveló leyes y principios que han de constituir la base de esta nueva
sociedad mundial. Estas Escrituras, ampliadas e interpretadas por 'Abdu'l-Bahá y
Shoghi Effendi, así como legisladas por la Casa Universal de Justicia, son aceptadas
por los Bahá'ís como la guía de Dios para una edad moderna.
Las leyes de Bahá'u'lláh no son ejercicios arbitrarios impuestos sobre sus
seguidores, sino que son "el Vino escogido" que establecerá la unidad, la felicidad y el
bienestar de la raza humana. Por otra parte, éstas, están designadas para renovar y
nutrir cada espíritu individual, así como para crear un nuevo orden social. Bahá'u'lláh
ha prohibido, para la protección del hombre, aquellas cosas que le son destructivas o
dañinas, y ha ordenado toda cosa buena para su disfrute y deleite.
Las normas bahá'ís de conducta no son puritanas o ascéticas. No limitan o
restringen a los bahá'ís que las siguen. Más bien, el control y autodisciplina que exigen
son las llaves de la verdadera libertad e independencia. Bahá'u'lláh explica:
"La verdadera libertad consiste en la sumisión del hombre a mis
mandamientos, por poco que lo conozcáis. Si los hombres observaran aquello que les
hemos enviado desde el Cielo de la Revelación, ellos, ciertamente, alcanzarían la
perfecta libertad. Feliz es el hombre que ha comprendido el Propósito de Dios en todo
lo que Él ha revelado desde el Cielo de su Voluntad, que penetra todas las cosas
creadas. Decid: La libertad que os es provechosa no se halla en ningún lugar salvo en
la completa servidumbre hacia Dios, la Eterna Verdad. Quienquiera haya gustado su
dulzura rehusará trocarla por todo el dominio de la tierra y del cielo."
(Pasajes de los
Escritos de Bahá'u'lláh)
A los bahá'ís les está estrictamente prohibido el uso de bebidas alcohólicas o
intoxicantes de cualquier clase, excepto cuando están prescritas por un médico para un
tratamiento.
El propósito de la Revelación de Bahá'u'lláh es permitir a la humanidad
alcanzar la más alta y plena potencialidad en esta edad. Como 'Abdu'l-Bahá explica en
la siguiente oración, la completa abstención de cosas intoxicantes o embrigadoras de
cualquier índole es esencial para el pleno desarrollo espiritual del hombre.
"Oh Divina Providencia! Concede pureza y limpieza en todas las cosas al
pueblo de Bahá. Dispensa que sean liberados de toda contaminación, y salvados de toda
adicción. Guárdalos de cometer acto repugnante alguno, deslígalos de las cadenas de
todo mal hábito, para que puedan vivir puros y libres, sanos y limpios, dignos de servir
en Tu Sagrado Umbral y de ser allegados a su Señor. Líbralos de las bebidas
intoxicantes y del tabaco; sálvalos, rescátalos del opio que acarrea demencia, permíteles
disfrutar de los fragantes aromas de la santidad, para que beban abundantemente del
místico cáliz del amor celestial y conozcan el arrobamiento de aproximarse cada vez
más al Dominio del Todo Glorioso. Puesto que tal como Tú lo has dicho: 'Todo lo
que tú tienes en tu bodega no apagará la sed de mi amor. Tráeme, oh copero, del vino
del espíritu, una copa llena como el mar!'
(Selección de Escritos de 'Abdu'l-Bahá nº
129)
Compilación de la C.U.J. sobre el Alcohol y las
drogas, publicada en el Boletín Bahá'í de España
de diciembre de 1972
Extractos de los Escritos de Bahá'u'lláh
Se prohibe para cualquier persona inteligente beber de lo que le prive de su
inteligencia; le incumbe ocuparse de lo que es digno del hombre, no en la acción de
cualquier dudoso negligente.
(Del Kitab-i-Aqdás. Citado en la compilación de la
C.U.J. sobre Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
Oh Hijo del Polvo! No apartes tus ojos del incomparable vino del Amado
inmortal ni los dirijas a heces mortales y corrompidas. Acepta de manos del Copero
divino el cáliz de la vida inmortal, para que sea tuya toda sabiduría y escuches la voz
mística que llama desde el reino de lo invisible. Exclama: ¡Oh vosotros que tenéis bajas
miras! ¿Por qué habéis rechazado mi sagrado e inmortal vino a cambio de agua que se
desvanece?
(Palabras Ocultas, Persas, nº 62)
Temed a Dios, o pueblos de la tierra, y no penséis que el vino que hemos
mencionado en Nuestras Tablas es el vino que beben los hombres y que mata su
inteligencia, pervierte su naturaleza humana, cambia su luz y mancha su pureza.
Verdaderamente nuestra pretensión es aquel vino que intensifica el amor del hombre a
Dios, a Sus escogidos y a Sus amados y enciende en los corazones el fuego de Dios y
el amor a Él y la glorificación y la alabanza a Él. Tan potente es este vino que una sola
gota de él atraerá al que lo beba a la Corte de Su santidad y cercanía y le permitirá
alcanzar la presencia de Dios, el Rey, el Glorioso, el Hermosísimo. Es un vino que
elimina de los corazones de los verdaderos amantes toda sugerencia de limitación,
establece la verdad de los signos de Su unicidad y unidad divina, y les conduce al
Tabernáculo del Bienamado, en la presencia de Dios, el Soberano Señor, el que Todo
lo Perdona, el Todo Generoso. Nos referímos a este Vino, el Rio de Dios y Su favor,
la fuente de sus aguas vivientes, y el vino místico, y su gracia divina. Al igual que fue
revelado en el Corán, si sois de los que comprenden. Él dijo, y cuán verdadera es Su
expresión: "Un vino deleitable para aquellos que lo beben". Y no tuvo otro propósito
en ella que el vino que os hemos mencionado, ¡oh pueblo de la certeza!
Tened cuidado no sea que cambiéis el Vino de Dios por vuestro propio vino,
pues embobará vuestras mentes y os apartará del Semblante de Dios, el Todo Glorioso,
el Incomparable, el Inaccesible. No os acerquéis a él porque os ha sido prohibido por
mandato de Dios, el Exaltado, el Omnipotente.
(De una Tabla de Bahá'u'llah, citada en la compilación de la C.U.J. sobre "Prohibición de Bebidas
Intoxicantes)
El Vino Místico del Unico Dios Verdadero tiene una intoxicación diferente y
confiere otro regocijo. Uno disminuye la inteligencia del hombre y el otro la aumenta.
Uno conduce a la perdición, el otro concede la vida.
(Idem)
Bebed, oh siervas de Dios, del Vino Místico de la copa de Mis palabras.
Desechad de vosotras entonces aquello que vuestras mentes aborrecen, puesto que esto
os ha sido prohibido en Sus Tablas y Sus Escrituras. Cuidado no vaya a ser que
cambiéis el Rio que es ciertamente la vida, por aquello que las almas de los puros de
corazón detestan. ¡Intoxicáos con el vino del amor a Dios y no con aquel que adormece
vuestras mentes, oh vosotras, que Le adoráis!. En verdad, ésto ha sido prohibido a todo
creyente, ya sea hombre o mujer. De este modo, el sol de Mi mandamiento ha
resplandecido sobre el horizonte de Mi declaración, de modo que las siervas que creen
en Mi puedan ser iluminadas.
(Citado en El Advenimiento de la Justicia Divina,
p. 51. Recogida en la Compilación de la C.U.J. sobre Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
Extractos de los Escritos de 'Abdu'l-Bahá
De acuerdo con el texto del Libro Más Sagrado, beber vino está prohibido,
puesto que es la causa de enfermedades crónicas, debilita los nervios y consume la
mente.
(Advenimiento de la Justicia Divina, p. 51. Citado
en la Compilación de la C.U.J. sobre Prohibición
de Bebidas Intoxicantes)
Sobre el uso del licor: De acuerdo con el texto del libro de Aqdás, las bebidas
ligeras y fuertes están prohibidas. La razón de esta prohibición es que el alcohol
descarría la mente y causa debilidad al cuerpo. Si el alcohol fuera beneficioso, habría
sido traido al mundo por la creación divina y no por el esfuerzo del hombre. Cualquier
cosa beneficiosa para el hombre existe en la creación. Ya se ha establecido médica y
científicamente que el licor es dañino.
En cuanto al significado de lo que está escrito en la Tabla: "He escogido para
tí todo lo que haya en el cielo y la tierra", esto significa aquellas cosas que están de
acuerdo con el propósito divino y no las cosas dañinas. Por ejemplo, una de las cosas
existentes es el veneno. ¿Podemos decir que el veneno se debe usar porque ha sido
creado por Dios? Sin embargo, el licor intoxicante, si lo prescribe un médico para el
paciente y si su uso es absolutamente necesario, entonces es permisible.
En resumen, espero que te emborraches con el vino del amor a Dios,
encuentres la dicha eterna y recibas alegría y felicidad inagotables. Todo vino causa
depresión como efecto posterior, excepto el vino del Amor a Dios.
(De una Tabla a un creyente, traducida del persa,
y citada en la Compilación de la C.U.J. sobre
"Prohibición de bebidas intoxicantes")
El intelecto y la facultad de la comprensión son dones de Dios con los que el
hombre se distingue de otros animales. ¿Deseará un hombre inteligente perder esta Luz
en la oscuridad de la intoxicación? ¡No, por Dios! ¡Esto no le satisfará! Por el
contrario, hará lo que desarrolle sus poderes de inteligencia y entendimiento y no lo
que aumente su negligencia, descuido y decadencia. Este es un texto explicito del Libro
Perspicuo, en el que Dios ha establecido toda buena virtud y todo acto reprensible.
(De una Tabla a un creyente individual, traducida
del persa. Citada en la Compilación de la C.U.J.
sobre "Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
Extractos de cartas Escritas de Parte de Shoghi Effendi
El siente que es su deber explicar que las leyes reveladas por Bahá'u'lláh en el
Aqdás, cuando son practicables y no se encuentran en conflicto directo con la ley civil
de país, son completamente obligatorias para todos los creyentes e instituciones bahá'ís
ya sean del Oriente o del Occidente. Algunas leyes como el ayuno, las oraciones
obligatorias, el consentimiento de los padres para el matrimonio, la abstención de
bebidas alcohólicas y la monogamia, deben ser consideradas por todos los creyentes
como aplicables en forma universal y de carácter vital en la época actual.
(De una carta a la A.E.N. de Estados Unidos, de
fecha 11-8-1935. Citada en Principios de Administración Bahá'í, p. 3)
Con referencia a su primera pregunta sobre el alcohol y la bebida, Bahá'u'lláh,
conociendo perfectamente la gran miseria que trae, lo prohibe, porque dice muy
claramente que cualquier cosa que destruye la mente, o en otras palabras, convierte a
uno en bebedor, está prohibida.
(De una carta a un creyente individual, 15-2-1926,
Citada en la Compilación "Prohibición de Bebida
Intoxicantes)
El vino mencionado en las Tablas tiene, sin duda, un sentido espiritual, puesto
que en el Libro del Aqdás se nos prohibe definitivamente tomar, no solamente vino,
sino cualquier cosa que trastorne la mente. En poesía, el vino tiene otro sentido que el
del líquido intoxicante ordinario. Lo vemos expresado así por los poetas persas como
Saadí, Umar Kayyam, y Hafiz, en los que se alude a aquel elemento que acerca al
hombre a su amado divino, que le hace olvidar su ser material para buscar mejor sus
deseos espirituales. Es muy necesario explicar a los niños lo que quiere decir este vino,
para que no lo confundan con el vino ordinario.
(A un creyente individual, con fecha 4-11-1926,
Citada en la Compilación de la C.U.J. "Prohibición
de Bebidas Intoxicantes)
En cuanto a la cuestión que ustedes suscitaron en relación con la venta de
bebidas alcoholicas por los amigos, él me pide que les informe que tratar con tales
bebidas, en cualquier forma, está muy desaconsejado en la Causa. Por tanto, los
creyentes deben considerar su obligación espiritual evitar participar en cualquier
empresa comercial que implique el tráfico de bebidas alcohólicas.
(A una Asamblea Nacional, con fecha 6-11-1935. Citada en Compilación sobre "Prohibición de Bebidas
Intoxicantes)
En cuanto a la tercera pregunta (venta de bebidas alcohólicas en locales y
restaurantes propiedad de un bahá'í), el amado Guardián me ha pedido que indique que
esta práctica es muy impropia y censurable y sería equivalente a alentar actos que están
prohibidos en la Fe. Sin duda es un deber de conciencia de todo verdadero bahá'í
abandonar tales prácticas. Sin embargo, sin un propietario bahá'í alquila su propiedad
sin tomar él mismo parte alguna en el negocio, ni ayudar al arrendatario, entonces no
incurriria en ninguna responsabilidad. Sin embargo, el propietario debería recurrir a
cualquier medio posible para desalojar sus propiedades de la deshonra de este
degradante negocio; cuánto más injurioso si él mismo estuviera implicado en tales
asuntos repugnantes.
(De una carta del 6-11-1935 a la A.E.N.de Persia,
citada en la Compilación sobre "Prohibición de
bebidas intoxicantes)
Las instituciones que están enteramente manejadas por bahá'ís tienen la
obligación, por razones demasiado obvias, de poner en práctica todas las leyes y
ordenanzas de la Fe, especialmente aquellas cuya observancia sea asunto de conciencia.
No hay ninguna razón, ninguna justificación para que actuen de otra manera.
(De una carta a la A.E.N.de U.S.A del 2-10-1935,
citada por la C.U.J. en una carta a la A.E.N. de
España (22-11-1982), citada en Boletín Bahá'í de
abril 1983, p. 13)
Referente a su pregunta sobre el uso del alcohol de frotar, los creyentes puede
hacer cualquier clase de uso del alcohol para cualquier tratamiento de este tipo, con tal
que ellos no lo beban, salvo que, naturalmente, estén compelidos a hacerlo, por consejo
de un médico competente y consciente, que pueda prescribirlo para la curación de
alguna enfermedad específica.
(Carta a un creyente individual, de fecha 25 julio
1938, citada en la Compilación sobre "Prohibición
de Bebidas Intoxicantes)
Con referencia a su pregunta acerca de las comidas saboreadas con licores
alcoholicos, como coñac, ron, etc., deberían ser clasificadas bajo la misma categoría
que las bebidas intoxicantes, y por consiguiente, ser evitadas por los creyentes. El
Guardián desea que todos los amigos sepan que tales comidas o bebidas están
estrictamente prohibidas.
(De una carta a un creyente, de fecha 9-1-1939,
Citada en la Compilación sobre "Prohibición de
Bebidas Intoxicantes)
La razón por la que Bahá'u'lláh prohibió tomar bebidas alcohólicas es porque
es malo para la salud, más particularmente para la mente. Naturalmente puede decir
ésto al Sr... y la Sra..., y también puede orar para que ellos mismos las dejen; pero
éstos son hábitos que cada persona tiene que superar por su propio bien.
(Carta a un creyente individual, de fecha 17 de
febrero de 1945. Citada en la compilación sobre
"Prohibición de Bebidas Intoxicantes")
El grado en que el consumo del alcohol se ha extendido en el mundo es hoy
verdaderamente alarmante; es un mal muy grande, y nosotros los bahá'ís podemos ver
claramente porqué Bahá'u'lláh prohibe tomarlo bajo cualquier concepto.
(A un creyente, con fecha 23-2-1946. Citada en la
compilación sobre "Prohibición de Bebidas Intoxicantes")
Cualquier trabajo que ayude a la gente a superar el terrible hábito de beber es
excelente, y debería ser contemplado con simpatía y aprobación por los bahá'ís. Él le
agradece el folleto de Alcoholicos Anónimos que adjuntó y que le gustó ver.
(A un creyente, con fecha 26 de julio de 1946, citado en Compilación sobre "Prohibición de Bebidas
Intoxicantes)
Él cree que al enseñar usted, ciertamente, no debería empezar por un punto
tan difícil como el de la abstinencia del vino; pero cuando la persona desea ingresar en
la Fe, se le ha de explicar.
(Carta a un creyente individual, de 7-3-1947. Citada en la Compilación sobre "Prohibición de Bebidas Intoxicantes")
Naturalmente, el bahá'í no debe beber, y si persiste en ello y rehusa esforzarse
en superarlo, la asamblea debería tomar una acción. Pero es estos centros recientemente
establecidos se debería tener mucha paciencia para que no se deshaga el grupo entero a
causa de una acción demasiado fuerte o repentina.
(Carta a un creyente, de fecha 19 de julio de 1947
citada en la compilación "Prohibición de Bebidas
Intoxicantes")
Cuando nos damos cuenta que Bahá'u'lláh dice...que beber destruye la mente,
y que no hay que hacercase a ello siquiera, vemos qué claras son nuestras enseñanzas
sobre estos temas.
(Carta a un creyente, de fecha 30-9-1949. Citada
en "Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
Sin embargo, beber está prohibido en el Libro de Leyes y aunque el Guardián
no lo ha hecho una cuestión que debería considerarse inmediatamente que la gente
solicita ingresar, todos los bahá'ís deben abstenerse de beber, y si persisten, la
Asamblea debería emprender una acción.
(Carta a un creyente, del 7-8-1950. Citada en la
compilación de la C.U.J. sobre "Prohibición de
Bebidas Intoxicantes)
De su carta se desprende que algunos de sus creyentes creen que la ley del
Aqdás referente al uso de licores intoxicantes es una ley personal, que se puede cumplir
o no cumplir según el deseo del individuo. Esto no es correcto. La ley del Aqdás de no
consumir licores intoxicantes es obligatoria para todos los bahá'ís. El Guardián cree,
sin embargo, que con los nuevos bahá'ís que ingresan en la Fe debe actuarse con
indulgencia; pero él considera que cuando alguien lleva algún tiempo siendo bahá'í,
su asociación bahá'í y el espíritu de las Enseñanzas que estudia y se esfuerza por
ejemplificar, producirán un cambio en el carácter, y el individuo dejará de beber. No
obstante, los bahá'ís antiguos y firmes deberían obedecer la ley de no consumir bebidas
alcohólicas.
(Carta a un creyente, de fecha 19 de agosto 1952.
Citada en Compilación "Prohibición de Bebidas
Intoxicantes")
Las Asambleas deben ser prudentes y moderadas al tratar tales casos (aquellos
que consumen bebidas alcohólicas), pero al mismo tiempo, no deberían tolerar un
prolongado y flagrante desacato de las enseñanzas bahá'ís respecto al alcohol.
(Carta a una A.E.N. con fecha 26 junio 1956. Citada en la Compilación sobre "Prohibición de Bebidas
Intoxicantes")
Respecto a las preguntas que usted planteó: Bajo ninguna circunstancia
deberían beber los bahá'ís. Esto está tan claramente prohibido en las Tablas de
Bahá'u'lláh que no hay excusa alguna para ni siquiera probarlo en forma de brindis, o
en un pudim flameado; de hecho, de ninguna manera.
No hay razón por la que un bahá'í no pueda servir algún refresco alcohólico a
sus invitados, si cree sinceramente que esto adelantaría su trabajo de enseñanza; pero si
puede conseguir sus objetivos sin hacerlo sería mejor; pero no hace falta dar la
impresión a la gente de que somos peculiares a cada paso.
(Carta a un creyente de fecha 3-3-1957. citada en
Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
Extractos de cartas escritas por la Casa Universal de Justicia
En cuanto a los creyentes que siguen bebiendo, deberían ser aconsejados
amablemente, después avisados firmemente y, eventualmente, privados de sus derechos
de voto. El número de veces que una persona ha de ser exhortada y avisada es una
materia que se deja a la discrección de cada Asamblea Espiritual Local, en consulta con
la Asamblea Espiritual Nacional. La política que se adopte no ha de ser la de retirar los
derechos administrativos de los creyentes de una manera burocrática y automática,
porque esto sería imprudente e injusto. Su Asamblea, al igual que todas las asambleas
espirituales locales, debería recordar a los creyentes, valerosa y continuamente, su
obligación a este respecto, tratar con firmeza todos los casos flagrantes, y emplear tales
casos como un ejemplo que ejerza influencia sobre los otros creyentes. Debería quedar
muy claro para las Asambleas Locales que deben estar dispuestas a cooperar con los
creyentes afectados por el hábito de la bebida, cuando cualquiera de tales creyentes
prometa reducir gradual y sistemáticamente el beber, con el objetivo en mente de
abandonar completamente este hábito.
Estamos seguros de que su Asamblea Nacional podrá, con sabiduría, amorosa
amabilidad y determinación, tener éxito en arrancar este mal de sus filas y conseguir la
elevación espiritual y el progreso de los creyentes en su área de jurisdicción.
(De una carta con fecha 12 de noviembre de 1965 a
la A.E.N. de Sur y Este de Africa. Citada en la
compilación "Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
Hay ciertos propósitos científicos para los cuales puede usarse el alcohol, pero
creemos que un bahá'í no debería someterse voluntariamente a experimentos científicos
que requieran de él beber bebidas alcohólicas.
(Carta a una Asamblea E.N. de fecha 13-6-1966.
Citada en "Prohibición de Bebidas Intoxicantes")
Aunque está claro en las enseñanzas que el uso del alcohol está permitido si es
prescrito por un médico con el propósito de un tratamiento, no hemos podido encontrar
ninguna instrucción que permita el uso de éste en la preparación de remedios caseros
para enfermedades corrientes.
(Carta a la A.E.N. de Ecuador, de fecha 21-12-1973
Citada en Lights of Guidance nº 693)
No debería servirse alcohol en ninguna recepción, ni en casa ni en un lugar
público en el que se sea anfitrión...Creemos que usted no debería usar el término
'coctel'. Cualquiera de las dos maneras 'te' o 'recepción' sería preferible.
(Carta a un creyente fechada el 3l de diciembre de
1967. Citada en la compilación "Prohibición de las
Bebidas Intoxicantes)
...está claro que en todas las ocasiones patrocinadas oficialmente por
instituciones bahá'ís, o en las que el anfitrión actúa como representante de la Causa, no
se debe servir alcohol. En casas particulares o en el curso de negocios o actividades
profesionales, se deja a la conciencia de los propios bahà'ís servir o no bebidas
alcohólicas a los no bahá'ís, pero es muy firme la obligación (que tienen) de observar
la prohibición ordenada por Bahá'u'lláh.
(Carta a la A.E.N.de las Islas Británicas, de
fecha 8-2-1968. Citada en la Compilación
"Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
...la institución bahá'í no debe servir alcohol bajo ninguna circunstancia, y
también creemos que sería inapropiado que un bahá'í sirva tales bebidas en una reunión
realizada por él.
(Carta a un creyente de fecha 19-12-1968. Citada
en "Prohibición de Bebidas Intoxicantes")
En cuanto a la pregunta nº 6 sobre la venta de alcohol por un creyente, como
ustedes dicen, 'Obviamente el debe dejar de vender alcohol en su tienda'. Sin embargo,
puesto que es un creyente nuevo y se dedicaba a este negocio antes de ser bahá'í, se le
debería dar una oportunidad razonable para encontrar otro modo de ganarse la vida y se
le debería dar cualquier clase de ayuda de la Asamblea Nacional para hacerlo. Él debe
ser tratado con paciencia y comprensión, especialmente si está haciendo esfuerzos para
despojarse de su negocio y encontrar otro empleo. Sin embargo, si después de un lapso
razonable de tiempo no se ha hecho ningún esfuerzo para cumplir con la ley bahá'í,
entonces, como último recurso, la Asamblea no tendría otra alternativa que la de
suspender sus derechos administrativos.
(Carta a una A.E.N. de fecha 13 marzo 1974. Citada
en "Prohibición de Bebidas Alcohólicas")
Hemos recibido su carta del 13 de junio preguntando si un bahá'í puede poseer
un establecimiento en el que se vendan bebidas alcoholicas y también si un bahá'í
puede trabajar en bares o tabernas.
Por el presente los amigos deben considerar ésto como un asunto de conciencia
y deben evitar ocuparse en la venta de licores o en empleos que impliquen la venta de
licor, ya que tales acciones violan el espíritu de las prohibiciones de la ley bahá'í.
(Carta a la A.E.N. de los Bahá'ís de España, de
fecha 4-8-1964, publicada en circular de la A.E.N
de fecha 15-11-1964)
Usted ha preguntado si está permitido a los amigos usar sazonador de pastel,
tal como extractos de vainilla, limón y ron que tienen algún porcentaje de alcohol, y si
los bahá'ís pueden trabajar en fábricas que producen tales extractos.
No hemos encontrado ningún texto que prohiba a los amigos usar esencias en
sus comidas. Esto puede ser un asunto para posterior legislación de la Casa Universal
de Justicia, pero por el momento, los amigos deben estar libres para decidir sobre ello.
El mismo principio se aplica a aquellos que están empleados en fábricas que
manufacturan tales esencias.
(De una carta a una A.E.N. de fecha 7 abril 1974
citada en "Prohibición de bebidas intoxicantes.
También citada en Lights of Guidance, nº 691)
La violación flagrante por los miembros de la Asamblea Espiritual Nacional
del requerimiento bahá'í de abstenerse de bebidas intoxicantes ciertamente tendrá un
efecto debilitante sobre la comunidad nacional, y estas violaciones deben ser
enérgicamente resistidas mediante franca consulta del tema entre los Consejeros y la
Asamblea Espiritual Nacional, para que, además de las advertencias, se den severas
amonestaciones al miembro o miembros comprometidos, y se impongan sanciones, si
continúa el menosprecio de las leyes bahá'ís.
(De un memorandum de fecha 10-2-1975 al Centro Internacional de Enseñanza. Citado en la Compilación
"Prohibición de Bebidas Intoxicantes")
Tal empleo (de los bahá'ís que trabajan para no bahá'ís y cuyas funciones
consisten en servir o vender bebidas alcohólicas) cubren una amplia gama de grados de
participación en tal actividad, por tanto, se deja al individuo decidir si considera o no
que su trabajo viola el espíritu de la ley bahá'í. En caso de duda él puede,
naturalmente, consultar a su Asamblea Espiritual para recibir consejo...No hemos
encontrado ningún texto explícito o instrucción del amado Guardián sobre tal situación
(la venta de bebidas alcohólicas en un negocio en el que un bahá'í está asociado con un
no bahá'í) y creemos que este es un tema en que hay que evitar imponer reglas
rigurosas en la hora actual...Creemos que este es un asunto que tiene que decidirse
según el caso a la luz del espíritu de las enseñanzas y las circunstancias de cada caso, y
a menos que la situación sea causa de perjuicio para el buen nombre de la Fe, o que se
trate de un truco evidente por parte de un creyente para evitar la ley bahá'í, debe
dejarse a la conciencia del creyente en cuestión, que debe, naturalmente, ser informado
de las enseñanzas bahá'ís referentes al alcohol y debe hacer cualquier esfuerzo para
desasociarse de tal actividad.
El (párrafo) precedente concierne a los bahá'ís que ya están asociados en tal
comercio. Es evidente que un bahá'í que no está en tal situación no debe entrar en ella.
(De un memorandum del 15 de febrero de 1976, al
Centro Internacional de Enseñanza. Citado en la
compilación "Prohibición de bebidas intoxicantes)
En respuesta a preguntas sobre la permisibilidad de servir bebidas alcohólicas
en diversas circunstancias, la Casa Universal de Justicia ha formulado las siguientes
lineas de guía:
El hecho de que los bahá'ís mismos no deben beber alcohol está muy claro y
no precisa de ningún comentario. En cuanto a servirles alcohol a personas no bahá'ís:
1.- Ninguna institución bahá'í debe servir alcohol a personas no bahá'ís bajo
ninguna circunstancia.
2.- Si un bahá'í individual recibe a un invitado individual o a un pequeño
grupo de invitados como representante oficial de la comunidad bahá'í, no debe servir
alcohol en su propia casa, pero debe usar su discreción para hacerlo si el recibimiento
tiene lugar en un restaurante.
3.- Ningún bahá'í debe servir alcohol en ninguna fiesta o acto dado por él,
como la recepción de una boda o una fiesta a la que hay diversas personas invitadas.
4.- Cuando un bahá'í recibe privadamente a un individuo o grupo no bahá'í
como invitados en su propia casa, él mismo debe juzgar si servir alcohol o no hacerlo.
Esto dependerá en gran medida de las costumbres del país en el que vive, los
individuos en cuestión, y la relación del anfitrión con sus invitados. Es obvio que es
preferible que el bahá'í no sirva alcohol a ser posible, pero en contra de esto debe
juzgar la probable reacción del invitado en las circunstancias que prevalezcan y en la
situación particular. En algunos paises no habría ningún problema en no dar alcohol a
un invitado; en otros se consideraría extremadamente peculiar y antisocial e
inmediatamente levantaría una barrera para futuros contactos. No es deseable que se le
dé mayor importancia al asunto.
5.- Cuando tal invitación privada de un individuo o grupo pequeño de no
bahá'ís tiene lugar en un restaurante, se aplican los mismos principios generales que en
el punto 4 mencionado, excepto que en un lugar público, el hecho de no poner bebidas
alcohólicas sería peor comprendido que en un hogar privado, y el bahá'í debe usar su
discreción en consecuencia.
6.- No se debe servir alcohol en un restaurante u otro negocio totalmente
propiedad de un bahá'í.
7.- Si un bahá'í está empleado por otros en un trabajo que incluye servir
alcohol, no está obligado a cambiar de empleo. Este es un asunto que se deja a la
conciencia de cada individuo. Obviamente, tales tipos de empleo varían ampliamente
desde camarero hasta dependiente de una tienda que vende también vino. Si el trabajo
exige estar muy relacionado con servir alcohol es mejor que el bahá'í consiga otro
empleo si puede.
(Declaración de la Casa Universal de Justicia del
31 de enero de 1982.Recibida por la A.E.N. de España el 22 de diciembre de 1982, y publicada en el
Boletín Bahá'í de España de abril de 1983)
Extractos de cartas escritas de parte de la Casa Universal de Justicia
Ustedes constatarán , según las citas incluidas, que se hace mención de un
bahá'í que está asociado con no bahá'ís, y que se indica que cada caso debe ser
decidido según sus méritos. La Casa Universal de Justicia nos ha encargado indicarles
que en lo que concierne a la asociación del Señor..., la Sra...., el Sr.... y el Sr..., el
hecho de que la Sra... no es bahá'í no constituye ninguna razón válida para que la
mayoría de los asociados, que son bahá'ís, permitan que se sirva alcohol en su
restaurante.
(De una carta escrita a la A.E.N. de Estados Unidos, de fecha 8-2-1982, citada en Bahá'í Canadá,
enero 1988)
El futuro bautizo del niño no debe presentar problema, porque el padre bahá'í
no ha de objetar el bautizo de su hijo si la madre católica lo desea. Del mismo modo, el
uso de champaña con esa ocasión es un asunto en el que ella está libre de
comprometerse , pero naturalmente el bahá'í no puede tomar bebidas alcohólicas.
(Carta a una Asamblea E.Nacional, 7-12-1977. Citada en "Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
La Casa Universal de Justicia...señala que, en cuanto a la publicidad, el bahá'í
debe usar sabiduría al decidir qué es admisible y qué no lo es. Por ejemplo, mientras
que la publicación de un anuncio específico para vinos parecería inadmisible, no habría
objección a que un bahá'í agente de publicidad ponga un anuncio en el que los precios
de las mercancías en venta de un supermercado incluya los vinos y extractos. Por tanto,
es un asunto de énfasis y sabiduría. En primer lugar, la Casa Universal de Justicia
desea que la decisión en tales asuntos se deje al criterio del individuo implicado, pero
donde haya cualquier duda, o donde la Asamblea Espiritual Nacional crea que el buen
nombre de la Fe está siendo injuriado, la Asamblea debe, naturalmente, ser consultada
y puede decidir en casos específicos.
En vista de los requerimientos de su conciencia a la luz de la ley bahá'í, un
bahá'í agente de publicidad debería ser bien aconsejado para incluir una claúsula en
cualquier contrato que firme en el que las dificultades de esta naturaleza puedan surgir,
para proteger su derecho de objetar.
(Carta a un creyente del 20-12-1977. Citada en la
compilación Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
En relación a las preguntas sobre realizar ilustraciones para un manual de vinos
de una compañía, la Casa Universal de Justicia cree que esta es una cosa que usted
mismo ha de decidir.
(Carta a un creyente, del 18-1-1978. Citada en la
compilación Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
En cuanto a sus preguntas referentes a que los bahá'ís sirvan alcohol a sus
invitados no bahá'ís. La Casa Universal de Justicia cree que, a causa de las distintas
circunstancias, sobre este asunto, no desea hacer una declaración definitiva en el tiempo
presente. Es obvio que los bahá'ís mismos no deben beber alcohol y el resto, por
ahora, se debe dejar a sus conciencias.
Referente a su pregunta acerca de que un bahá'í guarde coñac en su casa para
casos de emergencia, por consejo de un doctor, la Casa Universal de Justicia cree que
no hay nada objeción a ello.
(Carta a una A.E.N. 2-3-1978. Citada en la Compilación "Prohibición de Bebidas Intoxicantes)
En el caso de un creyente que continúa tomando bebidas alcohólicas, la
asamblea debe decidir si la transgresión es flagrante, y, si es así, debe intentar ayudarle
a comprender la importancia de la obediencia a la ley bahá'í. Si no responde, debe ser
advertido varias veces y, si esto no tiene resultado, puede perder sus derechos de voto.
En el caso de un alcohólico que intente superar su debilidad, la asamblea debe tener
especial paciencia, y puede sugerir el consejo y la ayuda profesional. Si la transgresión
no es flagrante, no hace falta que la asamblea toma acción alguna.
(Carta a una A.E.N. de fecha 26-9-1978, citada en
"Prohibición de Bebidas Intoxicantes")
La Casa Universal de Justicia acaba de recibir su carta del 19 de agosto de
1981, así como diverso material adjunto y nos ha dado instrucciones de enviarles la
siguiente respuesta.
La Casa de Justicia comprende bien los terribles problemas sociales causados
por el consumo de alcohol, pero éste es tan sólo uno de los muchos problemas que
afligen a la sociedad y que envenenan las relaciones humanas. Las enseñanzas de
Bahá'u'lláh son la respuesta a todos estos problemas, pero no podemos esperar que la
gente cambie sus normas de conducta tan pronto como han aceptado el Mensaje de
Dios. Necesitan tiempo para profundizar en su entendimiento, para cambiar sus viejos
hábitos y aprender nuevos estilos de vida. El amor y la tolerancia de sus amigos
creyentes debería ser una ayuda y un estímulo para ellos mientras dura este proceso. En
una carta escrita por el secretario del Guardián a un creyente individual, de su parte, el
6 de octubre de 1954, encontramos:
"Cuando una persona se hace bahá'í, en realidad lo que sucede es que la
semilla del espíritu empieza a crecer en el alma humana. Esta semilla debe ser regada
por las lluvias del Espíritu Santo. Estos dones del espíritu se reciben a través de la
oración, la meditación, el estudio de las Sagradas Revelaciones y el servicio a la Causa
de Dios".
Y en una carta escrita de parte del Guardián el 19 de agosto de 1952, referida
específicamente al uso del alcohol, se menciona:
"...con los nuevos bahá'ís que entran en la Fe, se debe tener indulgencia, pero
él piensa que cuando una persona ha sido bahá'í por algún tiempo, su relación con los
otros bahá'ís y el espíritu de las Enseñanzas que estudia y se esfuerza por poner en
práctica, producirá un cambio en su carácter y el individuo dejará de beber. Sin
embargo, los bahá'ís firmes y veteranos deben aplicar la ley de no beber bebidas
alcohólicas".
El Departamento de Secretaría ha escrito de parte de la Casa Universal de
Justicia, el 22 de julio de 1981, a un creyente individual sobre un tema similar:
"Se necesita gran amor y paciencia hacia los nuevos creyentes, especialmente
con los que proceden de orígenes conflictivos, pero en definitiva, también ellos tienen
que aprender las responsabilidades a las que se han comprometido al aceptar a
Bahá'u'lláh y deben mantener los principios que Bahá'u'lláh ha revelado. Si no lo
hacen, ¿Cómo pueden mejorar la situación de la humanidad? Algunas personas aceptan
la Fe, no como una respuesta a la llamada divina para servir a Dios, sino como un
medio de encontrar amor, felicidad, compañerismo y comprensión hacia ellos. En un
principio ésto es completamente natural, pues las personas están dolorosamente
necesitadas de tales fuerzas espirituales, pero si no progresan pronto hasta el punto de
estar más preocupados de lo que pueden hacer para Dios y su Causa, de lo que ésta
puede hacer por ellos, con seguridad se desilusionarán y se perderán. Uno de los
aspectos más fundamentales de la profundización y la consolidación es despertar en los
corazones de los amigos el entusiasmo y el espíritu de servicio desprendido que les
ayudará en esta transición. Profundizar es, más que nada, una manera de desarrollar
una actitud espiritual, devoción y desprendimiento, y no sólo adquirir información,
aunque ésto, desde luego, también es importante".
Y en la misma carta dice:
"El ideal de la vida humana está descrito una y otra vez y en multitud de
maneras,en los Escritos. Estos aspectos de las Enseñanzas se tratan en los Institutos de
Enseñanza y en las Escuelas de Verano. También están elaborados en muchos libros.
Entonces, en general, es algo que queda para el creyente individual como una
responsabilidad entre él y Dios, el seguir estas Enseñanzas. No es de la incumbencia ni
de los creyentes ni de las Asambleas Espirituales el espiar en las vidas privadas de los
amigos individuales para comprobar el grado en que sus vidas se corresponden con las
normas bahá'ís. Sólo cuando el mal comportamiento llega a ser escandaloso y
flagrante, se convierte en un asunto que requiere acción. Pero una acción a emprender
por la Asamblea, no por los individuos. Incluso entonces, la Asamblea debe ser
cariñosa y paciente, exhortando al creyente a seguir el camino de la Causa, pero, si él
persiste en burlarse y con escándalo de la Ley Bahá'í, la Asamblea no tiene, en
definitiva, más opción que privarle de sus derechos de voto".
La Casa de Justicia está segura de que son estos principios los que tenía en
cuenta la Asamblea Espiritual Nacional cuando dió instrucciones de que se debe tener
paciencia con los nuevos creyentes al tratar de alejarles del uso de las bebidas
alcohólicas y adiestrarles en las normas de la vida bahá'í.
(Carta de parte de la C.U.J. a la A.E.L. de San
Pedro de Ribas, de fecha 8-11-1981)
En respuesta a su carta del 11 de marzo de 1981, transmitiendo la cuestión de
una de sus asambleas espirituales locales, sobre el alistamiento de individuos que son
mentalmente incopetentes, drogadictos, alcohólicos, etc., la Casa Universal de Justicia
ha pedido transmitirles lo siguiente:
La aceptación de una persona en la comunidad bahá'í debe basarse no en si él
está llevando una vida ejemplar, sino en si la Asamblea está razonablemente segura de
que él es sincero en su declaración de fe en Bahá'u'láh y que él conoce las leyes que
pueden afectar a su conducta personal, de forma que no entre en la comunidad con una
mala interpretación.
La cuestión de la inestabilidad mental no tiene nada que ver con
la aceptación de una declaración, salvo que fuera de tal naturaleza que afecte a la
capacidad del declarante de poder juzgar si cree o no en Bahá'u'lláh.
(Carta escrita de parte de la C.U.J. a la A.E.N. de
las Islas Hawai, 19 abril 1981. Citada en Lights
of Guidance, nº 1410-5)